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año:2006
 
institución:MUNICIPALIDAD DE OROTINA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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1 14 R-DCA-534-2006 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del trece de octubre de dos mil seis.----------------------- Recurso de objeción interpuesto por las empresa AUTOMOTORES SUPERIORES S.A. en contra del cartel de la Licitación por Registro No. 06-2006 , promovida por la Municipalidad de Orotina para la adquisición de un vehículo pick-up 4x4 doble cabina ------------------------------------ I. POR CUANTO: El recurso fue interpuesto por la empresa AUTOMOTORES SUPERIORES S.A a las 3:40 del 2 de octubre del 2006.----------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial a la Municipalidad de Orotina con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación. ----------------------------------------------------------------------------------- III POR CUANTO: La Municipalidad de Orotina mediante oficio de 9 de octubre del 2006 atendió esa audiencia especial.-----------------------------------------------------------------------------------IV. SOBRE EL FONDO: 1-Sobre la metodología de evaluación. Señala la objetante que el cartel establece en la metodología de evaluación, que se asignará un punto por cada una de las extras que cotice el oferente hasta un máximo de quince, dándole mayor importancia a duplicación de palanca al piso, cajón con doble pared al igual que la compuerta trasera, rueda libre automático,. tacómetro y aire acondicionado. Que este sistema de evaluación deja en indefensión a los eventuales oferentes, al no establecer con claridad y seguridad los parámetros que se utilizarán para realizar la evaluación de las ofertas (no indica las extras a valorar), lo que atenta contra el principio de legalidad y el de seguridad jurídica y el voto 998-98. Asimismo señala que este sistema de evaluación carece de aplicabilidad y cita la ...
Fecha publicación: 15/10/2006
Fecha emisión: 12/10/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 3 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio N° 14038 3 de octubre de 2006 DAGJ-1602-2006 Señora Karol Mena Sánchez Secretaria a.i. Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE OROTINA Estimado señor: Asunto: Trascripción del Acuerdo segundo de la Sesión Ordinaria N° 21 celebrada el 18 de julio del 2006, artículo VI, Inciso A, Aparte 1 Se refiere este Despacho a su oficio número CMO-6032-006 de fecha 02 de octubre de 2006, mediante el cual se trascribe el Acuerdo segundo de la Sesión Ordinaria N° 21 celebrada el 18 de julio del presente año, artículo VI, Inciso A, Aparte 1. Criterio del despacho: En cuanto al particular, es menester señalar que en atención al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República que regula nuestra potestad consultiva, este órgano contralor emitió la circular Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate. Lo anterior por cuanto “la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la costumbre de consultar indiscriminadamente a la Contraloría General de la República toda clase de asuntos, que de alguna manera están relacionados con fondos públicos, por lo que se concluyó que ésta circunstancia ha provocado efectos inconvenientes tanto al interior del Órgano Contralor como de la propia administración” (Ver Considerando N° 2). Así las cosas, se reguló en dicha circular que: “1. En el ejercicio de su función consultiva, la Contraloría General de la República, sólo atenderá las consultas a que se refiere el ...
Fecha publicación: 07/10/2006
Fecha emisión: 04/10/2006
Documento: 14038-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


PAGE Flor Jiménez Chinchilla 4 28-08-2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12147 28 de agosto, 2006 DCA-2556 Licenciada Flor Jiménez Chinchilla Auditora Interna Municipalidad de Orotina Orotina, Alajuela Estimada señora: Asunto: Solicitud de criterio jurídico en relación con contrato de obra suscrito por esa Municipalidad y la empresa Constructora Presbere S.A. Licitación Pública 01-2003 No sin antes dar disculpas por la dilación a la presente gestión. Damos respuesta a su oficio número UAI-22-05 presentado a la Contraloría General el 18 de abril del 2006, mediante el cual plantea una serie de consultas en relación con contrato de obra suscrito por esa Municipalidad y la empresa Constructora Presbere S.A. Licitación Pública 01-2003 I. Consideraciones preliminares. Advertimos, que en ejercicio de la potestad consultiva atribuida a la Contraloría General, y normada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), y la Circular Nº CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000), el Órgano Contralor no se refiere situaciones concretas y particulares que deben ser resueltas por la Administración respectiva, y en su caso por la propia auditoría. Por lo anterior, esta consulta se atiende en virtud del ánimo de cooperación de esta oficina, solo en razón de que esa Administración no cuenta con Asesoría Jurídica y no cuenta con los efectos vinculantes que tendría una consulta que cumpla con las características II. Criterio del Despacho. En concreto responderemos en el orden de sus interrogantes: 1. El plazo para la recepción de ofertas. Debe tenerse presente en primer lugar, que el artículo 48.1.1 del Reglamento de Contratación Administrativa dispone un plazo de 30 d ...
Fecha publicación: 31/08/2006
Fecha emisión: 28/08/2006
Documento: 12147-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS


PAGE 4 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio N° 10431 26 de julio de 2006 DAGJ-1244-2006 Señores Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE OROTINA Estimados señores: Asunto: Solicitud de criterio sobre la posibilidad de realizar una adjudicación directa de los servicios sanitarios a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de Orotina. Con el ruego de que se haga del conocimiento del Concejo Municipal, damos respuesta a su oficio número CMO-529-2006 del 12 de julio de 2006, remitido a esta contraloría general el 18 de julio siguiente, mediante el cual se transcribe el Aparte 2, Inciso 1, Artículo VI, del acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria Nº 18 celebrada el día 11 de julio de 2006, donde se acordó solicitar el criterio de este órgano contralor, con respecto a la posibilidad de realizar una adjudicación directa de los servicios sanitarios a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de Orotina, para la Feria Nacional de las Frutas 2007. Criterio del despacho: La mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la costumbre de consultar indiscriminadamente a la Contraloría General de la República toda clase de asuntos, que de alguna manera están relacionados con fondos públicos, por lo que se concluyó que ésta circunstancia ha provocado efectos inconvenientes tanto al interior del órgano contralor como de la propia administración. En este orden de ideas, es menester señalar que este órgano contralor, emitió la circular Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criter ...
Fecha publicación: 30/07/2006
Fecha emisión: 27/07/2006
Documento: 10431-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales Sra. Flor J. Venegas Chinchilla -2- 09 de enero, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nº 0234 09 de enero, 2006 FOE-SM-0053 Señora Flor J. Venegas Chinchilla Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE OROTINA Alajuela Estimada señora: Asunto: Se atiende oficio No. UAI-63-05, consulta sobre: aplicación del artículo 76 de la Ley de Contratación Administrativa; viáticos a regidores; y prohibición aplicable en caso de nombramiento de personal municipal. Se atiende el oficio No. UAI-63-05, recibido en este Despacho el 3 de noviembre del año pasado, por medio del que se consulta sobre: la aplicación del artículo 76 de la Ley de Contratación Administrativa; el pago de viáticos a regidores con base en reglamento interno; y prohibición aplicable en el caso de nombramiento de personal municipal. En relación con la primera consulta adjuntaron fotocopia del oficio No. ALCM-113-2005 del 1° de agosto de 2005, en el que consta el criterio del Lic. Jairo Emilio Guzmán, Asesor Legal del Concejo Municipal. Al respecto se comunica lo siguiente: 1- Consideraciones previas. Esta Contraloría General responde únicamente consultas que sean materia de su competencia y que no sean casos particulares o concretos, para los efectos pertinentes debe remitirse los antecedentes del caso y el criterio jurídico correspondiente (así se ha definido en la circular No. CO-529 publicada en La Gaceta No. 107 de 5 de junio de 2000 en relación con el artículo 29 de la Ley No. 7428 –Ley Orgánica de la Contraloría General de la República-). El incumplimiento de las disposiciones mencionadas faculta al Órgano Contralor para disponer el archivo de la gestión recibida sin que emita pronunciamiento sobre el particular. No obstante lo anterior, y aunque en el caso que nos ocupa es evidente que no remitieron los antecedentes pertinentes (cons ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 03/01/2006
Documento: 00234-2006.DOC
Institución: MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


1 11 R-DCA-353-2006 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas del dieciocho de julio del dos mil seis.--------------------- Recursos de objeción interpuestos por las empresas Disexport Internacional S.A. y Automotores Superiores S.A. en contra del cartel de la Licitación por Registro No. 01-2006, promovida por la Municipalidad de Orotina, para la compra de vehículo 4x4 doble cabina. ----------------------------- I. POR CUANTO: Los recursos interpuestos por Disexport Internacional S.A. y Automotores Superiores S.A. fueron presentados ante esta Contraloría General a las 09:02 horas del 4 de julio del 2006, y vía fax a las 15:16 horas del 4 de julio del 2006, respectivamente.-------------------------------- II.- POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial a la Municipalidad de Orotina con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de las empresas objetantes, y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación. ----------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: La Municipalidad de Orotina, mediante oficios remitidos vía fax el 10 de julio del 2006, atendió esa audiencia especial. ---------------------------------------------------------------- IV: SOBRE EL FONDO: A) Recurso de objeción de Automotores Superiores S.A.: 1) Garantía de funcionamiento: Alega la objetante que para efectos de admisibilidad de la oferta, la Administración establece un valor mínimo de garantía expresado en 36 meses, cantidad que representa un valor excesivo y fuera de lo habitual del ambiente automotriz, que por lo general utiliza garantías iguales o menores a 36 meses. Que los eventuales oferentes a concurso serán obligados a ofrecer la garantía de funcionamiento en kilómetros, y al no referirse valores límites se podría dar el caso de que se ofrezcan valores altos con la única finalidad de obtener el puntaje máximo asociado a ese parámetro de evaluación ...
Fecha publicación: 21/07/2006
Fecha emisión: 18/07/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 9 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio N° 04184 22 de marzo de 2006 DAGJ-0536-2006 Señores Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE OROTINA Presente Estimados señores: Asunto: Solicitud de criterio con respecto a las responsabilidades que le correspondería asumir a la Administración por no ejecutar la moción para que se presupuesten los recursos necesarios para contratar los servicios de una auditora. Con el ruego de que se haga del conocimiento del Concejo Municipal, damos respuesta a su oficio Nº CMO.-45-2006 de fecha 25 de enero de 2006, remitido a esta contraloría el 08 de febrero de 2006, mediante el cual se nos transcribe el Artículo V Inciso I, Aparte 3 de la sesión Ordinaria Nº 310, celebrada el día 24 de enero de ese año, de dicho órgano colegiado, por el cual se solicita criterio de este órgano contralor con respecto a las responsabilidades que le correspondería asumir a la Administración por no ejecutar la moción para que se presupuesten los recursos necesarios para contratar los servicios de una auditora. Señala que, la auditora de esa Municipalidad, la señora Flor Venegas Chinchilla durante el año anterior y el presente se ha incapacitado muchas veces y tomando en cuenta que la función que realiza es sumamente importante, por tratarse de un control sobre los recursos públicos, se hace necesario la contratación de un auditor(a) interino. Informa que, mediante sesión Nº 308 del 17 de enero de este año, el Concejo le solicito mediante moción #4, dirigida al Alcalde que presupueste los recursos económicos mediante modificación para la contratación de un auditor(a) interino, quien en el presente año se ha incapacitado en muchas ocasiones. Además se adjuntan el oficio número CMO-45-2006 de fecha 18 de enero de 2006, en el que se transcribe el acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria Nº 308 celebrada el día 17 de enero del 2006, Artículo VI, Inciso I, Aparte 4, en el cual se consigna la moción presentada por la r ...
Fecha publicación: 26/03/2006
Fecha emisión: 23/03/2006
Documento: 04184-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
Tesauro: Nombramiento de Auditor y Subauditor Interno , Deberes del Jerarca y los Titulares Subordinados en Materia de Control Interno, Legalizacion Libros de Actas , Régimen de Responsabilidad Derivado del Control Interno